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Qué gastos conlleva la formalización de un préstamo hipotecario

Durante el proceso de solicitud y contratación de un préstamo hipotecarios tendremos que afrontar una serie de gastos, algunos de los cuales serán imprescindibles con independencia de que finalmente se firme la hipoteca.

    • Tasación: Para que las entidades puedan determinar el importe que están dispuestas a concederte, necesitarán saber qué valor tiene la vivienda que pretendes hipotecar y por ello te exigirán una tasación reciente y realizada por una tasadora homologada por el Banco de España. El coste de una tasación puede estar entre los 150€ y los 500€, pudiendo ser más y dependiendo de la empresa tasadora y del valor de tasación.
    • Nota Simple: En este documento aparecen las características de la vivienda (cargas pendiente, dirección, propietario, metros cuadrados, … ). Deberás solicitarlo al Registro de la Propiedad y su coste rondará los 10 euros si lo hace tú mismo. Comprueba si el vendedor dispone de ella, porque te facilita una copia te ahorrarás el trámite.
    • Gastos de Notaría: Una vez el banco haga una propuesta formal través de la FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada), podrás escriturar la hipoteca ante notario. Los honorarios están regulados y están entre el 0,3% y el 0,5% sobre el préstamo hipotecario concedido. Adicionalmente tendrás que pagar por tu copia de la escritura.
  • Gastos de Gestoría: El banco contratará una gestoría para pagar los impuestos asociados a la escrituración y también tramitará la inscripción de la hipoteca en el Registro de la propiedad. Los honorarios dependen de la gestoría, pero suelen rondar los 350€.
  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD): Al formalizar una hipoteca tiene que abonarse un impuesto de carácter autonómico. Según la comunidad autónoma en la que compres la casa el precio variará entre un 0,5% y el 2% de la responsabilidad hipotecaria.
  • Registro de la propiedad: La vivienda hipotecada debe tener inscrita como una carga el préstamo que acabas de formalizar y este acto que debe llevar a cabo un Registrador de la Propiedad, como lo fue Mariano Rajoy antes de ser presidente :-p. Los aranceles que deben abonarse al funcionario están regulados y oscilan entre el 0,1% y el 0,3% del préstamo.

 

Y ahora lo más importante… ¿quién debe abonar estos gastos? 

Pues con la nueva Ley Hipotecaria de 2019, tú deberás hacerte cargo de la Tasación y de los gastos notariales por solicitar una copia de la escritura

El resto de los gastos deberá asumirlos el banco y si alguno te ofrece asumir la totalidad, puedes agradecérselo, pero no sin antes haber comprobado si la hipoteca que te ofrece no es tan atractiva como la de la entidad que no te abona la tasación.

¡Una última aclaración! 

Aquí sólo estamos hablando de los gastos de formalización de la hipoteca, dependiendo de la operación que estés realizando, por ejemplo la firma de una compraventa de una vivienda, tendrás otros gastos añadidos. 

También es posible que el banco con el que firmas te plantee ciertas comisiones por la apertura, la amortización parcial o total, … y también es probable que te ofrezcan productos asociados al préstamo, como seguros y planes de pensiones que te proporcionarán una bonificación en la tasa de interés, pero que te supondrán un coste adicional que deberás evaluar para asegurarte de que lo que te ofrecen no vale más de lo que te ahorras. 

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